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Ley de Reproducción Asistida ¿qué ha cambiado?

Tener un acceso integral e igualitario a los tratamientos de fertilización asistida es el tan esperado resultado obtenido luego de mucho batallar. Se logró así, el anhelo de los tantos pacientes de tener cobertura en dichos tratamientos.

De esta manera, la provincia de Buenos Aires sentó las bases entre los años 2010 y 2011, al ser la primera en sancionar y reglamentar la Ley Provincial Nº 14.208 que aseguraba el acceso a la fertilización asistida en hospitales públicos y, también, obligaba a las obras sociales y prepagas a cubrir los tratamientos. Dos años más tarde, en junio de 2013, el Congreso sancionó la Ley Nacional de Fertilización Asistida Nº26.862, ampliando los alcances de la ley provincial. Así, el dinero dejó de ser un impedimento para que quien desee un hijo pueda hacer ese sueño, seguramente el más importante de su vida, realidad.

codigo civilLa norma incluyó en el Programa Médico Obligatorio (PMO) los tratamientos de fertilización, diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo. De esta forma, la Ley Nacional determinó el "Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida", brindando la posibilidad de que cientos de parejas que luchaban por ser padres y no contaban con los medios para acceder a un tratamiento de fertilización, pudieran llegar a un diagnóstico y tratarse a través de las obras sociales y empresas de medicina prepaga.

La Ley Provincial fue la primera en plantear que la infertilidad es una enfermedad, a la que tanto el Estado como la seguridad social deben responder. El proyecto se sancionó el 2 de diciembre de 2010, se reglamentó y entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el 3 de enero de 2011.

2015: Cambios y modificaciones de la ley…qué comprende la nueva reglamentación?

En 2015, el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires publicó el decreto reglamentario 376/15 de la ley 14.611, que adecúa la normativa de la Provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional de Fertilización Asistida Nº 26.862.

En este contexto, se logró incluir en las prestaciones de “prácticas y procedimientos obligatorios” a aquellos tratamientos de fertilización asistida bajo técnicas de baja y alta complejidad, que requieran o no la donación de gametos y/o embriones.

codigo civil2En ese sentido, los cambios impulsados amplían el criterio de los beneficiarios de la ley, estipulando que “todos los habitantes de la Provincia, siendo mayores de edad y teniendo dos años de residencia, podrán acceder a los tratamientos con cobertura pública o de cualquier obra social o medicina prepaga”.

Actualmente, tanto los hospitales públicos como las obras sociales y prepagas deben sumar, a los tratamientos que ya cubrían:

  • Los tratamientos que se realizan por donación de óvulos y espermatozoides.
  • Deben atender a las mujeres que requieran fertilización más allá de los 40 años, que era el límite contemplado en la ley original.
  • Deben incluir a todas las personas, más allá de su orientación sexual.

A su vez, se determinó que para aquellas personas, incluso menores de los 18 años, que por problemas de salud o tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas, puedan ver comprometida su capacidad de procrear en el futuro, podrán resguardar su fertilidad mediante la preservación de gametos o tejidos reproductivos.

De este modo, los pacientes de la provincia de Buenos Aires ahora acceden a la totalidad de las técnicas, con gametos propios o provenientes de un donante, con la posibilidad de tener acceso a más intentos que antes, y sin límite de edad.

Sin dudas, se trata de un cambio necesario y muy positivo.

Primeros logros de la ley

A partir de la sanción de la tan ansiada ley, cabe realizar un balance de sus logros. Se atendieron 45.300 consultas por fertilización en establecimientos de la provincia; se iniciaron 3.800 tratamientos y nacieron 800 bebés con tratamientos gratuitos en los 11 centros públicos de Fertilidad Asistida de la Provincia y a través de la obra social IOMA.

Una última reflexión…

Creo relevante destacar que quienes nos dedicamos con pasión a la reproducción asistida, creemos fervientemente en su buen uso como avance de la ciencia que le permite a millones de parejas alrededor del mundo, cumplir con el sueño de ser padres. Los médicos somos gente de ciencia, y en este sentido, debemos hacer un uso ético de estos avances para ayudar a las personas. La ciencia debe estar al servicio de la comunidad y los médicos no debemos perder de vista el objetivo primordial de estas técnicas: el nacimiento de niños sanos de parejas infértiles.

De esta manera, la sanción de estas leyes colabora con nuestro trabajo diario, resolviendo gran parte de la problemática de fertilidad.

Cada nacimiento que se produjo gracias a la cobertura que, dio la ley gratifica y dignifica.

Sin lugar a dudas se ha avanzado mucho, no obstante, esperamos seguir por el camino correcto para llegar cada día más lejos, para lograr un acceso total, integral e igualitario de los personas.

codigo civil3Dra. Paola Cano Carabajal
Especialista en Ginecología y Medicina Reproductiva.
Médico de planta del HIGA San Martin, La Plata

Sección "Comunidad"

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